Análisis del Proyecto de Ley Provincial N.º 17304: Creación del Colegio Profesional de Enfermería de la Provincia de Córdoba por COFEN

Desde el Consejo Federal de Enfermería (COFEN), manifestamos nuestra profunda preocupación ante el Proyecto de Ley N.º 17304 presentado en la Legislatura Provincial de Córdoba, que propone la creación de un Colegio Profesional de Enfermería. Advertimos que este proyecto, lejos de fortalecer a la enfermería, vulnera derechos esenciales, contradice legislación nacional vigente y reproduce modelos autoritarios y fracasados de colegiación obligatoria. Existiendo antecedentes negativos al respecto, en las provincias de Salta y Buenos Aires.


Violación de la jerarquía normativa y riesgo jurídico

Este proyecto incurre en una grave transgresión al principio de jerarquía normativa consagrado en el Artículo 31 de la Constitución Nacional, que establece la supremacía de la Constitución y de las leyes nacionales por sobre las normas provinciales. La Ley Nacional 24.004 de Ejercicio de la Enfermería garantiza en su artículo 1° que:

“El ejercicio de la enfermería es libre y sin más limitaciones que las establecidas por esta ley…”

El Proyecto 17304 impone nuevas condiciones, sanciones y exigencias económicas no contempladas por dicha ley, restringiendo arbitrariamente el derecho al libre ejercicio profesional. Esta contradicción normativa expone al Estado provincial a una catarata de demandas judiciales, tanto individuales como colectivas, por parte de enfermeros y enfermeras que verían afectado su derecho constitucional al trabajo y su autonomía profesional.

 

¿Pagar para trabajar?
Uno de los aspectos más alarmantes del proyecto es la exigencia de cuotas, aranceles mensuales y un aporte del 1% de todas las prestaciones profesionales como condición para ejercer. Es decir, si no se paga, no se puede trabajar. Esto impactaría de manera directa y cruel sobre profesionales desempleados, recién egresados o con empleos precarios.

 

Principales artículos conflictivos:

  • Art. 20 inc. 4: obliga a aportar el 1% del valor de cada servicio o contrato.
  • Art. 20 inc. 9: habilita acciones judiciales por falta de pago.
  • Art. 29 inc. 3 y 4: exige estar al día con tasas, impuestos y aportes.
  • Art. 31: censura toda expresión crítica hacia el Colegio.
  • Art. 42: multas de hasta 15 veces la cuota mensual y suspensión de matrícula.


Testimonio histórico: el rechazo en Buenos Aires (2018)

El Lic. Eduardo Arellano, referente nacional de COFEN, rememora una experiencia clave:

“Si tengo que destacar un hecho trascendental en la enfermería moderna, fue el rechazo de la colegiación obligatoria en la provincia de Buenos Aires en 2018. Los mismos sectores conservadores de siempre, las mismas asociaciones añejas, proponían un modelo en el que se debía pagar una cuota mensual para poder trabajar. Incluía sanciones disciplinarias, acciones judiciales y hasta cancelación de matrícula si un colega se atrasaba. Gracias a la organización de miles de colegas, logramos frenar ese atropello. Hoy, de no haberlo hecho, más de 50.000 enfermeros y enfermeras estarían pagando mensualmente un permiso para ejercer. Lo que sucede en Córdoba es el mismo intento: una estafa legal disfrazada de jerarquización, que solo beneficia a cuatro vivos, los de siempre, los que jamás dieron la cara en las luchas reales del sector”.

Este proyecto cordobés repite los mismos vicios que llevaron al rechazo masivo del proyecto bonaerense: autoritarismo, verticalismo, exclusión de las bases, fines recaudatorios y ausencia total de soluciones a los problemas estructurales de la profesión.


¿Qué derechos constitucionales y laborales se violan?

  • Constitución Nacional:
    • Art. 14: derecho al trabajo libre.
    • Art. 16: igualdad ante la ley.
    • Art. 19: resguarda la libertad individual ante intromisiones arbitrarias.
    • Art. 28 y 31: los derechos no pueden ser restringidos por normas inferiores.
  • Convenios de la OIT y tratados internacionales: protegen la libertad de asociación, condiciones justas de trabajo y derecho al ejercicio profesional sin coerción económica.

Un proyecto recaudatorio y burocrático

  • Cuotas obligatorias indefinidas.
  • Aporte del 1% de toda actividad profesional.
  • Multas, judicialización, censura y pérdida de matrícula.
  • Intervención del Colegio en contratos privados, locaciones, empleos.

Disciplinador, elitista y excluyente

  • Se excluye a trabajadores/as de base de la Comisión Organizadora.
  • Se impone un Tribunal de Disciplina sin mecanismos transparentes de defensa.
  • Se censura la crítica y se penaliza la libertad de expresión profesional.

Experiencias fallidas: Salta y otras provincias

En Salta, el Colegio de Enfermería ha sido denunciado por persecución laboral, endeudamiento compulsivo de colegas y abuso de poder disciplinario. Estos modelos se han convertido en estructuras burocráticas que controlan, sancionan y cobran, pero no representan ni resuelven los problemas reales del colectivo profesional.

Lo que este proyecto no resuelve

  • Salarios bajos y pérdida de poder adquisitivo.
  • Condiciones laborales insalubres.
  • Falta de jubilación especial.
  • Licencias profilácticas inexistentes.
  • Carga horaria extenuante.
  • Ausencia en escalafones y cargos de gestión.
  • Falta de representación en decisiones sanitarias.

Desde COFEN Argentina sostenemos:

La profesionalización y jerarquización de la enfermería no se logra por medio de la coerción económica ni la amenaza disciplinaria. Requiere políticas públicas inclusivas, respeto a la autonomía profesional, condiciones laborales dignas, y un verdadero diálogo con las bases del sector.

Por todo lo expuesto, solicitamos el inmediato archivo del Proyecto 17304 y exigimos a la Legislatura de Córdoba la apertura de mesas de trabajo genuinas con las y los referentes de la enfermería en todos los niveles.

La enfermería necesita reconocimiento, dignidad y participación real, no más ataduras, castigos ni estructuras vacías.

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